A partir de 2027 finaliza el periodo transitorio iniciado en 2013 y se consolidan definitivamente las edades de jubilación en España
Granollers, 12 de junio de 2026 — Grupo Dalmau
El 1 de enero de 2027 concluye el periodo transitorio de elevación progresiva de la edad de jubilación establecido por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización del sistema de la Seguridad Social. A partir de esa fecha, las edades de jubilación ordinaria quedarán fijadas de forma estable, salvo futuras reformas legislativas.
Este cambio no supone una nueva reforma, sino la finalización de un calendario progresivo aplicado de forma gradual desde 2013.
¿Cuál será la edad de jubilación según la reforma de la Seguridad Socialen 2027?
A partir de 2027, el sistema consolida dos edades de jubilación ordinaria en función de los años cotizados:
- 67 años para quienes acrediten menos de 38 años y 6 meses cotizados
- 65 años para quienes acrediten 38 años y 6 meses o más de cotización
En este segundo caso, se accede a la jubilación ordinaria completa, sin coeficientes reductores por edad.
Referencia del sistema en 2026
Durante 2026, último tramo del periodo transitorio:
- Edad ordinaria: 66 años y 10 meses (menos de 38 años y 3 meses cotizados)
- Edad ordinaria: 65 años (con carrera larga de cotización)
Jubilación anticipada: voluntaria vs involuntaria
Es importante diferenciar correctamente las modalidades de jubilación anticipada.
Jubilación anticipada voluntaria (art. 208 LGSS)
Permite adelantar hasta 2 años la edad ordinaria.
En 2027:
- A los 65 años (si la edad ordinaria es 67)
- A los 63 años (si la edad ordinaria es 65)
Requisitos principales:
- 35 años cotizados
- Aplicación de coeficientes reductores sobre la pensión, entre el 2,81% y el 21%, según meses de adelanto
Jubilación anticipada involuntaria (art. 207 LGSS)
Permite adelantar hasta 4 años la edad ordinaria.
En 2027:
- A los 63 años (edad ordinaria 67)
- A los 61 años (edad ordinaria 65)
Requisitos:
- 33 años cotizados
- Cese involuntario (ERE, despido objetivo, concurso, etc.)
- Inscripción como demandante de empleo
Cuadro resumen de jubilación en 2027
| Modalidad | Menos de 38 años y 6 meses | 38 años y 6 meses o más |
|---|---|---|
| Jubilación ordinaria | 67 años | 65 años |
| Anticipada voluntaria | 65 años | 63 años |
| Anticipada involuntaria | 63 años | 61 años |
Nota: para el 100% de la base reguladora se requerirán 37 años cotizados a partir de 2027.
Base legal y normativa aplicable
Esta regulación se basa en el calendario de aplicación progresiva de la Ley 27/2011 y en la Ley General de la Seguridad Social.
Seguridad Social: https://www.seg-social.es
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: https://www.inclusion.gob.es
Congreso de los Diputados: https://www.congreso.es
Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es

¿Qué implica el cambio de 2027?
El año 2027 supone un punto clave en la planificación de la jubilación, ya que:
- Acreditar 38 años y 6 meses marca una diferencia de hasta 2 años en la edad de jubilación
- La elección entre modalidades anticipadas afecta de forma permanente a la pensión
- La planificación previa es clave para optimizar la cuantía final
Revisar la vida laboral y analizar la carrera de cotización es esencial antes de tomar decisiones.
Asesoramiento en jubilación
En Grupo Dalmau analizamos cada caso de forma individual para determinar:
- Edad ordinaria de jubilación
- Posibilidad de jubilación anticipada
- Impacto de coeficientes reductores
- Estrategias para optimizar la pensión
FAQ – Jubilación en 2027
¿Cuál será la edad de jubilación en 2027?
Será de 67 años o 65 años, según los años cotizados.
¿Cuántos años necesito para jubilarme a los 65?
Se requieren 38 años y 6 meses cotizados.
¿Se puede jubilar antes de los 65 o 67 años?
Sí, mediante jubilación anticipada voluntaria o involuntaria, con requisitos específicos.
¿Afecta 2027 al cálculo de la pensión?
Sí, especialmente en la aplicación de coeficientes reductores y requisitos de cotización.





